El DNU 340/2025, que se encontraba suspendido por una medida cautelar mientras se resolvía un amparo en su contra, fue finalmente declarado inconstitucional por la justicia.
Este es un nuevo capítulo en el que los ataques de Milei contra los derechos de los trabajadores quedan frustrados. En esta ocasión, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 3 declaró inconstitucional el contenido del DNU 340. La jueza Moira Fullana anuló la medida que limitaba el derecho a huelga por violar la libertad sindical y exceder las facultades del Ejecutivo. Si bien esta decisión representa un avance en la defensa de los derechos laborales, el Gobierno aún puede apelar para llevar el fallo ante la Corte Suprema.
De esta forma, Fullana declaró inválidos los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, que atacaban el derecho a huelga al exigir, en servicios declarados esenciales, una prestación de actividades entre el 50% y el 75%.
Con esta resolución, se hizo lugar al amparo presentado por la CGT, que denunciaba la violación del artículo 99 de la Constitución Nacional. Además, el decreto vulneraba la división de poderes e introducía modificaciones “peyorativas” a los derechos de los trabajadores.
Para la magistrada, el decreto carece de validez porque el Congreso se encontraba en pleno funcionamiento, por lo que no había margen para invocar el artículo 99. Según Fullana, no existían “condiciones excepcionales” que justificaran su uso, ni estaba debidamente fundamentado el carácter “necesario y urgente” que impediría al Legislativo tratar estas modificaciones.
Asimismo, el fallo considera que el decreto violó la libertad sindical. La ampliación irrestricta a 60 actividades consideradas esenciales limitaba directamente el derecho a huelga. La jueza señaló que el Ejecutivo asumió facultades del Legislativo que no le correspondían, excediendo sus atribuciones constitucionales.
Aunque el decreto ya estaba suspendido, ahora fue declarado inconstitucional, por lo que no tiene efecto alguno. Sin embargo, como ocurrió con el capítulo laboral del DNU 70/2023, la última palabra la tendrá la Corte Suprema de Justicia. Dado el carácter del Poder Judicial, no puede esperarse un fallo favorable a los derechos de los trabajadores, sino todo lo contrario.
Lo que hoy la CGT celebra como una victoria judicial, mañana puede convertirse en una derrota. Con el papel que viene jugando la burocracia sindical, es más fácil que esa derrota suceda a que se evite. Por eso, la desconfianza no es solo hacia la justicia, sino también hacia la burocracia de las centrales obreras. No hay que olvidar que estos personajes vienen dejando pasar todo el ajuste sin mover un dedo y recientemente estuvieron presentes en la reactivación del Consejo del Pacto de Mayo, cuyos ejes rectores se basan en la aplicación de reformas estructurales, como las laborales y previsionales.
Para la defensa del derecho a huelga, como frente a cualquier ataque del gobierno y de la justicia, es fundamental comenzar a organizar y coordinar estas acciones desde abajo, con la más amplia unidad en la movilización. Por eso, es necesario exigir a todas las centrales obreras, la convocatoria a un paro general, un plan de lucha y todas las acciones necesarias para frenar los embates de este gobierno.