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García Mansilla defendió la legalidad de su nombramiento por decreto en la Corte Suprema

El juez presentó un escrito para responder al juez federal Alejo Ramos Padilla, que tramita una causa para impugnar su designación y la de Ariel Lijo

25/03/2025 – 18:12hs

Manuel José García Mansilla defendió su nombramiento en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, realizado por decreto en comisión por el presidente Javier Milei, y afirmó que su remoción antes del plazo de un año solo puede darse mediante juicio político.

“Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación“, aseguró el magistrado, quien subrayó que goza de las garantías establecidas en el artículo 110 de la Constitución Nacional.

Corte Suprema: Manuel García Mansilla defendió su nombramiento con una carta

En un escrito de 51 páginas, García Mansilla respondió al traslado del juez federal Alejo Ramos Padilla, que tramita una causa para impugnar su designación y la del juez federal Ariel Lijo.

Allí, planteó la falta de jurisdicción del magistrado y la falta de legitimidad de los actores que impulsaron el amparo, solicitando su rechazo inmediato.

El juez recordó que fue designado para cubrir la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda en un momento en que el Senado estaba en receso y enfatizó que su nombramiento “se ajusta estrictamente” al artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional.

Asimismo, remarcó que su juramento fue tomado por los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y advirtió que cualquier intento de impugnación “atentaría contra el orden público constitucional”.

“Desde el 27 de febrero de 2025 estoy ejerciendo en la Corte de Justicia de la Nación la función judicial prevista en la Constitución”, indicó García Mansilla, y enfatizó que su remoción solo puede darse mediante juicio político, conforme a los artículos 53 y 110 de la Carta Magna.

Según argumentó, “no existe arbitrariedad o ilegalidad” en su designación y cualquier cuestionamiento al Decreto 137/25 no es “manifiesto” como exige la Constitución para su impugnación.

Por último, alertó que la continuidad de la causa judicial en su contra comprometería el normal funcionamiento de la Corte Suprema y sostuvo que su remoción fuera del mecanismo constitucional violaría el orden institucional del país.

Ariel Lijo ratificó que no renunciará a su juzgado y espera que el Senado apruebe su pliego

Por su parte, la semana pasada Lijo le envió un escrito al magistrado Alejo Ramos Padillaquien tiene en su juzgado la causa que se abrió a partir de los nombramientos en comisión por parte de Javier Milei tanto de Lijo como de Manuel García Mansilla.

En el texto, el titular del juzgado federal N° 4 de Comodoro Py ratificó que no renunciará a su cargo -este fue el impedimento que le puso la propia Corte para jurar- y dijo que confiaba en que el Senado aprobará su pliego, que ya tiene dictamen favorable.

“A los efectos de pronunciarme en los términos del artículo 90 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, dado el objeto de las actuaciones, pongo en su conocimiento que carezco de interés acerca de la decisión que eventualmente pudiera recaer en las actuaciones de referencia“, comienza el breve escrito.

Y concluye: “Ello en tanto no asumí como Juez de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos del artículo 99, incisos 4 y 19 de la Constitución Nacional; no voy a renunciar a mi cargo actual de Juez Federal y mi interés se centra en que el Honorable Senado de la Nación me otorgue el acuerdo correspondiente para el cual ya cuento con dictamen favorable de la Comisión de Acuerdos”.

El debate sobre la validez del decreto 137, firmado por el presidente Milei para designar en comisión a Lijo y García Mansilla, está en manos de Ramos Padilla, juez federal de La Plata, en un contexto de múltiples presentaciones judiciales y cuestionamientos legales. Entre ellas, se destaca la acción de la ex diputada Elisa Carrió, quien presentó un planteo de Amicus Curiae ante ese juzgado, calificando el decreto como “inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable”.

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