Este lunes, el Gobierno modificó los requisitos solicitados para la apertura de centros de tratamiento de salud mental y adicciones. Uno de los principales cambios implementados rige en la eliminación de la intervención de la Secretaría de Derechos Humanos en el trámite.
Las modificaciones se realizaron a través de la resolución 6155/2024 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial, y habilita nuevas normas mínimas para la habilitación y apertura de los establecimientos y servicios de salud mental junto a nuevos estándares para la supervisión de dichos servicios.
La nueva normativa modifica la resolución 4107/2023 y desde el Ejecutivo se argumentó que la norma ahora “promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental”, motivo por el que ven “necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad”.
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El objetivo de los cambios, según se detalló es “alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos“.
En la publicación oficial, el Ministerio de Salud explicó que la normativa precedente “provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones”, considerando que se debía realizar una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos para la habilitación y fiscalización de los establecimientos.
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“Esta situación no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental (LNSM) 26.657. Por lo tanto la modificación obedece no sólo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 de la LNSM, sino a efectivizar el procedimiento, de forma eficiente y expeditiva”, argumentaron.
Desde la cartera de Salud explicaron que “la normativa se adopta en consonancia con los nuevos principios fundamentales del procedimiento administrativo contemplados en la Ley N°27.742 de Bases y Punto de Partidas para la Libertad de los Argentinos, como lo son la simplificación administrativa y la buena administración”.
“De este modo, se fortalece la red de servicios mediante la creación de los dispositivos comunitarios necesarios para la transformación de la Red Asistencial y para optimizar la definición de los dispositivos incluyendo el abordaje de consumos problemáticos, así como de equipos interdisciplinarios para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”, indicaron.
En la normativa, el Gobierno concluyó que “se propicia la accesibilidad, seguridad y calidad en los establecimientos” y que el cambio “recepta, amplia y garantiza los derechos de los pacientes contemplados en las normativas vigentes tales como el derecho a recibir un trato digno, respetuoso y a la asistencia interdisciplinaria, en un marco de calidad y seguridad”.
AS./fl