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Crimen de Fernando Báez Sosa: la Corte Suprema desestimó el pedido del rugbier condenado Matías Benicelli para revisar su condena

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este martes un recurso presentado por la defensa de Matías Benicelli, condenado a prisión perpetua por el crimen de Fernando Báez Sosa, ocurrido el 18 de enero de 2020 en la ciudad balnearia de Villa Gesell. A través de su nuevo abogado, Carlos Alberto Manuel Attías, intentó que se revocara la condena con el argumento de que no había contado con una defensa adecuada durante todo el proceso judicial y el juicio oral, en alusión al desempeño de Hugo Tomei, letrado que representó a todos los acusados tanto en la etapa de instrucción como en el juicio.

A comienzos de febrero de 2023, el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Dolores condenó a cinco de los imputados —entre ellos Benicelli— a prisión perpetua como coautores de homicidio doblemente agravado por actuar en grupo y con alevosía, en concurso con lesiones leves. Los otros tres acusados recibieron penas de 15 años.

Frente a esa decisión, Attías apeló y en marzo de 2024 la Sala II del Tribunal de Casación bonaerense confirmó la prisión perpetua de Benicelli, aunque descartó la existencia de alevosía, y la defensa presentó recursos denulidadeinaplicabilidad de ley”.

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La queja presentó un error procesal importante: Attías la llevó directamente a la Corte Suprema de la Nación, cuando correspondía presentarla primero ante la Suprema Corte bonaerense mediante un recurso extraordinario federal válido y conforme a la normativa vigente. A criterio del fallo, “el recurso de queja ante la Corte tiene lugar cuando se ha interpuesto y denegado una apelación –ordinaria o extraordinaria– ante el Tribunal, sin que en el caso bajo examen se haya dado cumplimiento con dicha exigencia”, explicaron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Al declarar improcedentes los planteos de la defensa, la Corte no analizará los cuestionamientos de Benicelli. De todas maneras, la condena no quedó firme, ya que sigue pendiente un recurso ante la Suprema Corte bonaerense.

Cómo se desarrolló el proceso judicial del caso Fernando Báez Sosa desde el crimen hasta las últimas apelaciones

La muerte de Fernando Báez Sosa ocurrió el 18 de enero de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell, después de una discusión dentro del establecimiento que terminó en una golpiza fatal que duró 50 segundos. Al declarar los testigos, señalaron que Benicelli estaba en medio de la escena gritando y alentando la agresión, incluso con la frase “A ver si seguís pegando, negro de mierda”, y lo identificaron puntualmente por su característico “rodete samurái”.

A partir de febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores dictó las condenas: prisión perpetua para Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, y 15 años de cárcel para Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, considerados partícipes secundarios.

Durante la audiencia previa al veredicto, Benicelli se dirigió al tribunal:

“Primero que nada, quiero pedir perdón a la familia de Fernando porque nunca quise que esto pasara. Nunca tuve ningún plan ni intención de matar a nadie. Todos los días lo pienso, todos los días estoy arrepentido de lo que pasó. Ojalá pudiera volver el tiempo atrás, pero ya no se puede. Pero quiero dejar en claro que nunca quise matar a nadie”.

Las múltiples estrategias para intentar obtener la libertad no lograron su objetivo. A pesar de confirmar las condenas, en marzo de 2024 la Cámara de Casación bonaerense modificó la calificación legal al señalar que no existió alevosía, aunque sí premeditación y participación de varias personas, según el artículo 80 del Código Penal de la Nación, y las defensas apelaron quedando el caso a estudio de la Suprema Corte bonaerense, que aún debe resolver.

A cinco años del brutal asesinato, la defensa presentó nuevamente un recurso y, el 20 de febrero de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires lo rechazó por considerarlo improcedente. La Corte bonaerense señaló que “los motivos que fundaron la desestimación de la vía de nulidad no habían sido correctamente refutados” y que, respecto de la parcial desestimación del recurso de inaplicabilidad de ley, “sus críticas expresaban una mera divergencia con lo resuelto y la dimensión federal tampoco había sido fundamentada con la carga técnica necesaria”.

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