En un durísimo fallo, la Cámara de Casación anuló una sentencia que favorecía maniobras de lavado de dinero y asociación ilícita que donde habían participado cerealeras como Vicentín, Cargill y Bunge Argentina. Además, el fallo liquida un decreto de Milei para favorecer a los acusados de “asociación ilícita fiscal”. Y obliga a una nueva integración del tribunal para que redacte una nueva sentencia.
Se trata de una causa de 2008, cuando se descubrió que productores vendían sus granos en negro a empresas fantasmas para evitar el pago de IVA. Luego esos granos se blanqueaban y se exportaban a través de las principales cerealeras argentinas, como Cargill, Vicentín, Bunge y Molinos. Los exportadores pedían luego el recupero del IVA, que en realidad nunca había sido cobrado por el estado.
La justicia cordobesa había condenado al empresario Luis Cuello a seis años de prisión, pero un tribunal oral lo benefició al aplicar la Ley 27.743, conocida como Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes bajo el amparo del decreto de Milei.
En sus fundamentos, el camarista Alejandro Slokar aseguró que el decreto 608/24 corrompe el orden jurídico respecto del “reparto competencial de potestades democráticas, como también repugna a las bases estructurantes de la igualdad en un Estado de Derecho”.
El juez escribió que Milei se excedió en sus facultades al reglamentar el decreto y que en ningún lugar está previsto incorporar el delito de asociación ilícita fiscal dentro de las figuras “pasibles de extinguir la acción penal por el acogimiento a la ley”.
Slokar explicó que las leyes impositivas tienen el objetivo de recaudar dinero para el Estado. Para el juez, con el decreto 608/24 ese objetivo “aparece reglamentariamente desvirtuado, en tanto la inclusión de la asociación ilícita tributaria, – contrariando la voluntad del Congreso Nacional- además de violentar el orden competencial constitucional, lejos está de contribuir a la mejora en los ingresos públicos sino, antes, a consagrar odiosos privilegios para beneficiar a organizaciones criminales”.